Urbanización de Sarriguren
Sarriguren (Navarra) 2002

La EcoCiudad de Sarriguren ha sido promovida por el Departamietno de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra.

Sarriguren, Concejo perteneciente al Municio del Valle de Egués, situado a 3 km de Pamplona, ocupará un total de superficie de 1.501.906 m2 y se prevé constuir 5.207 viviendas de las que el 56,81% serán viviendas de protección oficial (VPO) y el 40,81% serán viviendas de precio tasado (VPT).

El proyecto de Alfonso Vergara, es un ejemplo del EcoUrbanismo y ha puesto especial atención en la protección de los espacios naturales, ahorro energético, integración de energías renovables y construcción sana.

La ecociudad ha destinado 159.734 m2 de superficie para zonas verdes en la que destaca un parque central de 86.000 m2 y un lago artificial que permite una gestión responsable de los recursos hídricos y cumple las funciones de riego, recogida de agua de agua de lluvia y regulación de la humedad ambiental.

El Consejo Europeo de Urbanistas ha concedido a la Ecociudad de Sarriguren el Premio Europeo de Urbanismo en la categoría de Medio Ambiente y Sostenibilidad del año 2008.

Iturralde y Sagüés ingenieros ha participado la parte del Plan Sectorial de Incidencia Municipal (PSIS) correspondiente a infraestructuras urbanas.

En el PSIS se adquiere un importante compromiso con el aprovechamiento y ahorro energético tanto a nivel urbanístico como a nivel constructivo:

  • A nivel urbanístico, los edificios se orientan de manera que sea posible la captación solar directa en períodos fríos y evitando en lo posible su oscurecimiento por sombras arrojadas por otros contiguos, para lo que las alturas de los edificios decrecen sutilmente hacia el sur y hacia los límites este y oeste de la urbanización.
  • A nivel constructivo se incluye una normativa bioclimática en la que destaca la obligatoriedad de la doble orientación para la totalidad de las viviendas a desarrollar y la exigencia de la mejora del coeficiente de transmisión térmica de los edificios en un 25% respecto al máximo indicado por la norma máxima estatal vigente en el momento de la redacción del plan.